Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

transportista

Merc. Persona que realiza profesionalmente la actividad de transportar, asumiendo el riesgo del transporte, obligándose a trasladar, por medios propios o ajenos, a las personas o mercaderías que son objeto de la carga y entregarlas en destino.
CCCN, de Argentina, ley 26 994, arts. 1280, 1284, 1286, 1287, 1289 y 1291. Según el Reglamento CE 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, las empresas que ejercen la profesión de transportista deben reunir ciertos requisitos, entre los que destaca la honorabilidad, y poseer la capacidad financiera apropiada y la competencia profesional requerida.