Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

suspensión de la ejecución de la sanción en vía de recurso administrativo

Adm. Privación temporal de los efectos de la sanción impuesta que es objeto de un recurso administrativo.
Es la regla general en el derecho administrativo sancionador, puesto que conforme a la normativa básica estatal la sanción es ejecutiva cuando gana firmeza en vía administrativa, esto es, cuando ya no es susceptible de recurso administrativo alguno. Ley 39/2015, art. 90.3.