Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

subcomisión

Parl. Órgano de estudio o propuesta constituido en el seno de una comisión que trabaja a partir de las comparecencias en su seno de expertos sobre la materia objeto a tratar y que concluye con un informe debatido y votado. Recibe esta denominación en el Congreso mientras que en el Senado se opta por las ponencias de estudio.
Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados, de 26 de junio de 1996, sobre el procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las subcomisiones en el seno de las Comisiones de la Cámara.

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