Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

señal de tráfico circunstancial

Adm. Señal que modifica el régimen normal de la vía y regula la circulación adaptándola a las circunstancias cambiantes del tráfico.
TRLTSV, art. 57; RGCir, art. 144. En el orden de prioridad de la señalización están por detrás de las señales y órdenes de los agentes de circulación y por delante de los semáforos, las señales verticales de circulación y las marcas viales.

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