- saneamiento por evicción
- Civ. Derecho del comprador a exigir del vendedor, en caso de evicción: 1.º la restitución del precio que tuviere la cosa vendida al tiempo de la evicción, ya sea mayor o menor que el de la venta; 2.º los frutos o rendimientos, si se le hubiere condenado a entregarlos al que le haya vencido en juicio; 3.º las costas del pleito que haya motivado la evicción, y, en su caso, las del seguido con el vendedor para el saneamiento; 4.º los gastos del contrato, si los hubiese pagado el comprador; 5.º los daños e intereses y los gastos voluntarios o de puro recreo u ornato, si se vendió de mala fe.Si el comprador hubiese renunciado a su derecho al saneamiento, únicamente tiene derecho a reclamar para el caso de evicción el precio que tuviere la cosa vendida al tiempo de la evicción, a no ser que el comprador hubiese hecho la renuncia con conocimiento de los riesgos de la evicción y sometiéndose a sus consecuencias.
CC, arts. 1475 ,1477 y1478 .Código Civil, de Ecuador, art. 1777.
Sublema de saneamiento2