Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

responsabilidad civil extracontractual del propietario de heredad de caza

Civ. Responsabilidad de tipo culpabilista, asentada en la omisión del propietario de la heredad de caza cuando no haya hecho lo necesario para impedir la excesiva multiplicación de las piezas de caza o cuando haya dificultado la acción de los dueños de las fincas vecinas para perseguirlas.
CC, art. 1906. «Ni siquiera era aplicable el artículo 1906 del mismo Código, que para dar solución a un conflicto de intereses entre las actividades agrícola y cinegética afirma la responsabilidad del propietario de una heredad de caza por el daño causado por esta en las fincas vecinas» (STS, 1.ª, 22-XII-2006, rec. 626/2000).