- reserva hidrológica por motivos ambientales
- Adm. Río, tramo de río, acuífero o masa de agua sobre los que, dadas sus especiales características o su importancia hidrológica, se ha constituido una reserva por el Consejo de Ministros para su conservación en estado natural.
LPHN, arts. 3 y 25.
Sublema de reserva3