Diccionario panhispánico del español jurídico

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repetición del juicio por estimación del recurso de anulación

Pen. Consecuencia de la estimación del recurso de anulación, una vez comprobado que no se cumplieron los requisitos necesarios para celebrar el juicio en ausencia del reo.
«El recurso tiene naturaleza rescindente y su contenido se limitará a controlar si el Tribunal sentenciador ha respetado escrupulosamente los requisitos legales que exige el juicio en ausencia, dado que cualquier otra cuestión ha podido plantearse por la representación legal del condenado a través del recurso de casación dentro del plazo ordinario prevenido para recurrir contra la Sentencia. En caso de incumplimiento de dichos requisitos, se declarará la nulidad del juicio respecto del ausente, que deberá repetirse ante el Tribunal competente […]. Únicamente podrá acordarse la práctica de pruebas referidas específicamente a la concurrencia o no de los requisitos legalmente prevenidos para la celebración del juicio en ausencia. La prueba podrá practicarse, por auxilio jurisdiccional, en la sede del Órgano Jurisdiccional de instancia» (STS, 2.ª, 12-V-2000, rec. 3736/1999).