Diccionario panhispánico del español jurídico

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redención de penas por el trabajo

1. Pen. Beneficio penitenciario consistente en reducir la duración de la condena de prisión por la realización de un trabajo o actividad laboral en el centro penitenciario.
La ley es la que posibilita o no la redención de penas por el trabajo. Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, disp. trans. 1.ª, 3).
2. Hist. Beneficio penitenciario que suponía la extinción de parte de la pena privativa de libertad impuesta a un recluso gracias al trabajo realizado en el establecimiento penitenciario, a razón de un día de condena por cada dos de trabajo como regla general.
CP 1973, art. 100.

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