Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

recursos propios

1. Merc. Capital del que dispone un banco para afrontar los riesgos de su actividad.
2. Merc. Suma del capital, las reservas acumuladas y los beneficios sin repartir.
Ley 10/2014, de 26-VI, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, art. 69.