- reanudación de faenas
- Lab.; Chile Reanudación que, a petición de parte, se ordena judicialmente cuando la huelga o el cierre patronal, por sus características, oportunidad o duración causare grave daño a la salud, al medio ambiente, al abastecimiento de bienes o servicios de la población, a la economía del país o a la seguridad nacional.
Código del Trabajo , art. 363.