Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ratihabitio retrotrahitur ab initio

Gral. 'La ratificación se retrotrae al principio'. De origen medieval, pero la idea está ya en Marciano: Digesto 20, 1, 16, 1: retro recurrere ratihabitionem ad illud tempus, quo convenit ('la ratificación se retrotrae al tiempo en que se hizo la convención').
La STS, 1.ª, 379/58, de 27-V-1958, la utiliza en conexión con otras reglas y afirma que «la ratificación hace válido el negocio desde su origen y durante la pendencia de la conditio iuris que la ratificación supone».