- provisión de puestos de trabajo de funcionarios de las entidades locales
- Adm. Cobertura de los puestos de trabajo reservados a funcionarios que ha de verificarse por los procedimientos de concurso de méritos o libre designación con convocatoria pública y de acuerdo con las normas que los regulen con carácter general en todas las administraciones públicas y en los que pueden participar, además de los funcionarios propios de la correspondiente entidad, los pertenecientes a cualquiera de las administraciones públicas en los términos de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.
Ley 7/1985 , de 2-IV, reguladora de las Bases del Régimen Local, arts. 101 y 102.
Sublema de provisión