Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

prohibición de disponer

Sublema de prohibición
Civ. Prohibición pactada por los contratantes, o legalmente establecida, que impide al titular de derecho real enajenar o realizar actos dispositivos sobre el bien objeto de su propiedad.
En el ámbito contractual, queda comprendida dentro de la autonomía de la voluntad, reconocida en el artículo 1255 del Código Civil , que permite que las partes puedan establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.