Diccionario panhispánico del español jurídico

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prohibición de doble valoración

Sublema de prohibición
Pen. Criterio que establece que el juez no puede, para efectos de determinación e imposición de la pena, valorar nuevamente elementos ya considerados por el legislador en el tipo penal.
A partir de la prohibición de doble valoración, es inadmisible agravarle la pena a quien cometió un robo simple por haber empleado fuerza en las cosas o violencia sobre la víctima, ya que el tipo penal contempla esas circunstancias como elementos configurativos del delito.