Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

procedimiento para el traslado laboral

Sublema de procedimiento
Lab. Procedimiento que se desarrolla en las siguientes fases: a) notificación de la decisión de traslado al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad; b) apertura de un período de consultas con los representantes legales, cuando afecte a la totalidad del centro de trabajo o a determinado número de trabajadores y decisión posterior del empresario; c) derecho del trabajador a optar entre el traslado —con la consiguiente compensación— o una indemnización de veinte días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. Si por traslado uno de los cónyuges cambia de residencia, el otro, si fuera trabajador de la misma empresa, tiene derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo.
TRET, art. 40.

Referenciado desde