Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de plurianualidad

Sublema de principio
Fin. Principio conforme al cual la elaboración de los presupuestos de las administraciones públicas debe encuadrarse en un marco presupuestario a medio plazo, compatible con el principio de anualidad y de conformidad con la normativa europea.
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, art. 5.