- principio de competencia
- 1. Adm. y Const. Ordenación de las potestades consistente en la asignación, bien en régimen de exclusiva o de compartición, de atribuciones sobre determinadas materias que se especifican, bien relacionándolas en listas, bien mediante cláusulas generales de reserva de bloques materiales completos o de supletoriedad o subsidiariedad.2. Fin. Principio conforme al cual corresponde al gobierno de las administraciones públicas la elaboración de los presupuestos y a las Cortes Generales, órganos legislativos de las comunidades autónomas o al pleno de las corporaciones locales su examen, enmienda y aprobación.CE, art. 134.1.
Sublema de principio