Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

principio de competencia

Sublema de principio
1. Adm. y Const. Ordenación de las potestades consistente en la asignación, bien en régimen de exclusiva o de compartición, de atribuciones sobre determinadas materias que se especifican, bien relacionándolas en listas, bien mediante cláusulas generales de reserva de bloques materiales completos o de supletoriedad o subsidiariedad.
2. Fin. Principio conforme al cual corresponde al gobierno de las administraciones públicas la elaboración de los presupuestos y a las Cortes Generales, órganos legislativos de las comunidades autónomas o al pleno de las corporaciones locales su examen, enmienda y aprobación.
CE, art. 134.1.

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