- presupuestos generales de las corporaciones locales
- Fin. Expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la entidad y sus organismos autónomos y sociedades mercantiles dependientes, y de los derechos que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio, que deberá atender al cumplimiento del principio de estabilidad presupuestaria y en la cual se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a tributos atribuidos a la corporación local.
Real Decreto Legislativo 2/2004 , de 5-III, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, art. 162.
Sublema de presupuesto