- prerrogativa en el cumplimiento de las obligaciones por la Hacienda pública
- Fin. Conjunto de privilegios que ostentan la Administración estatal, autonómica y local respecto de sus obligaciones de contenido económico, en virtud de los cuales ningún tribunal ni autoridad administrativa podrá dictar providencia de embargo ni despachar mandamiento de ejecución contra sus bienes y derechos patrimoniales, títulos o rendimientos, cuando se encuentren materialmente afectados a un servicio público o a una función pública.
LGP, art. 23.
Sublema de prerrogativa