Diccionario panhispánico del español jurídico

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predisponente

Civ. y Merc. Persona física o jurídica que establece unilateralmente las condiciones generales de un contrato de adhesión.
Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación, art. 2. «En síntesis, esta Sala tiene declarado, como doctrina jurisprudencial consolidada (STS de 8 septiembre 2014), que la ineficacia contractual en la contratación seriada, más allá de la referencia genérica al concepto de nulidad, tiene un tratamiento o fundamento específico y necesariamente conexo a la calificación de este fenómeno como un “modo de contratar”, esto es, con un régimen y presupuesto causal propio y diferenciado. Régimen que, entre otros bienes jurídicos objeto de protección, responde a la finalidad tuitiva del consumidor adherente y que justifica el necesario cumplimiento por el predisponente de unos especiales deberes de configuración contractual en orden a asegurar el equilibrio prestacional y la comprensibilidad real de la reglamentación predispuesta y, con ellos, “la eficacia resultante de la misma» (STS, 1.ª, 25-III-2015, rec. 138/2014).

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