Diccionario panhispánico del español jurídico

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prórroga de junta

Sublema de prórroga
Merc. Prórroga temporal de la sesión de la junta general de accionistas durante uno o más días consecutivos desde la celebración de la sesión el día señalado en la convocatoria.
No obstante, cualquiera que sea el número de las sesiones en que se celebre la junta, se considerará única, levantándose una sola acta para todas las sesiones. Esta prórroga de la sesión podrá acordarse a propuesta de los administradores o a petición de un número de socios que represente la cuarta parte del capital presente en la junta. Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2-VII, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, art. 195.