- potestad local de deslinde
- Adm. Facultad de las entidades locales para promover y ejecutar por sí mismas el señalamiento de los límites entre sus bienes y los de los particulares cuando dichos límites aparezcan imprecisos o existan sobre ellos indicios de usurpación.
Real Decreto 1372/1986 , de 13-VI, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, art. 56.
Sublema de potestad