Diccionario panhispánico del español jurídico

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poder para pleitos

Sublema de poder
Civ. y Proc. Documento otorgado ante notario o apud acta que faculta generalmente al procurador (o al letrado, en su caso) para intervenir en representación de las partes en cualquier proceso y para realizar en él todos los actos procesales previstos en el mismo, salvo aquellos que requieren de poder especial según la ley.
«No es posible que el apoderamiento realizado a favor de letrado en vía administrativa atribuya sin más a este la facultad de intervenir en el proceso, porque aquel mandato carece de los requisitos de forma necesarios para actuar en el pleito, al no haber sido otorgado ante Notario o apud acta, si bien reconoce la posibilidad de que el letrado apoderado en el procedimiento administrativo pueda otorgar en nombre de su mandante, en calidad de mandatario, poder para pleitos a favor de procurador o nombrarlo mediante comparecencia apud acta, asumiendo las responsabilidades económicas derivadas del pleito» (STS, 3ª, 11-III-08, rec. 270/2004).

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Sublemas