Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pleno del ayuntamiento

Sublema de pleno
Adm. Órgano colegiado de máxima representación, deliberante, de control y fiscalización de los órganos ejecutivos y decisorio en los asuntos de mayor trascendencia del ayuntamiento, especialmente los presupuestos y las normas municipales, integrado por el alcalde y los concejales. En los municipios de gran población se dota de su propio reglamento de naturaleza orgánica; no obstante, la regulación de su organización y funcionamiento podrá contenerse también en el reglamento orgánico municipal.
LRBRL, arts. 22 y 122.1.

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