Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

personal

1. Gral. Conjunto de las personas que trabajan en un mismo organismo, dependencia, fábrica, taller, etc.
2. Adm. A los efectos del recurso de casación contencioso-administrativo, los funcionarios públicos respecto a todo lo relacionado con el nacimiento, permanencia, desempeño o extinción de la relación estatutaria funcionarial, cualquiera que sea la situación del interesado, alcanzando incluso a las pruebas de acceso a tal función y condición.
«Como ya se ha indicado, la actuación impugnada es la denegación, por parte del Director General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, de las ayudas solicitadas por la recurrente (funcionaria del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y destinada en el Servicio de Personal) por Discapacidad y por Tratamientos en el marco de la Convocatoria Permanente de 2012; y según consta en la Circular n.º 4/11/2011, los destinatarios de dichas ayudas de acción social son el personal destinado en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, ya sea en los Servicios Centrales, Direcciones Territoriales o Centros de Gestión Centralizada, por lo que la materia del recurso, como afirman el Juez Central y el Fiscal, es claramente catalogable como una cuestión de personal, entendida esta como toda pretensión relacionada con el nacimiento, desarrollo o extinción de la relación de servicio con las Administraciones Públicas» (STS, 3.ª, 25-II-2015, rec. 45/2014).

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