Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

permiso de conducir

Sublema de permiso
Adm. Autorización administrativa por la que se declara que una persona cumple los requisitos de capacidad, conocimientos y habilidad necesarios para conducir. Habilita a su titular para la conducción de determinados vehículos de motor en función de la clase de permiso de que se trate.
«Acto administrativo (exteriorizado en el documento público de tal nombre) de carácter reglado y favorable por el que la Administración declara que una persona cumple los requisitos de capacidad, conocimientos y habilidad previstos en las normas para la conducción del vehículo de que se trate» (Cano Campos, Tomás: El régimen jurídico administrativo del tráfico, 2.ª ed., Madrid, 2010, pág. 334). RGCond, arts. 1 y 4.

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Sublemas