Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

perímetro de protección

1. Adm. Superficie en la que no será posible el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas subterráneas a menos que los titulares de las preexistentes estén constituidos en comunidades de usuarios.
2. Adm. Superficie en la que será necesaria la autorización del organismo de cuenca para realizar obras de infraestructura, extracción de áridos u otras actividades e instalaciones que puedan afectar a la masa de agua subterránea.
En todo caso es uno de los contenidos del programa de actuación para la recuperación del buen estado de la masa de agua subterránea.
3. Adm. Superficie que se delimita a efectos de la protección de una zona húmeda y en la que la realización de determinadas actividades debe autorizarse expresamente.
TRLA, art. 56.2; RDPH, arts. 278 y 279.

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