Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

peculio del recluso

Sublema de peculio
Pen. Depósito de dinero que se constituye con las cantidades que tiene en su poder el recluso que ingresa en prisión y que se incrementa con aquellas otras cantidades que se añadan durante su estancia de procedencia legítima (cantidades que son reintegradas en el momento de la excarcelación).
«En el momento de la excarcelación se entregará al liberado el saldo de su cuenta de peculio, los valores y efectos depositados a su nombre, así como una certificación del tiempo que estuvo privado de libertad y cualificación profesional obtenida durante su reclusión» (LO 1/1979, de 26-XI, General Penitenciaria, art. 17.4).