Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

parcialidad indígena

Adm.; Col. Grupo o conjunto de familias de ascendencia amerindia que tienen conciencia de identidad y comparten valores, rasgos, usos o costumbres de su cultura, así como formas de gobierno, gestión, control social o sistemas normativos propios que la distinguen de otras comunidades, tengan o no títulos de propiedad.
Decreto 2164 de 1995, por el cual se reglamenta parcialmente el cap. XIV de la Ley 160 de 1994, art. 2.

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