Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ofensa física

Sublema de ofensa
Lab. Injusto ataque de una persona a otra, materialmente, al hacerle objeto de una agresión que mortifique o lesione su integridad corporal.
Supuesto de incumplimiento contractual grave por parte del trabajador, tanto si las ofensas se dirigen al empresario como a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos, que puede ser causa de despido. Del lado del empresario es, igualmente, incumplimiento contractual grave, constitutivo de justa causa de extinción del contrato por voluntad del trabajador, que tiene, en tal caso, derecho a la indemnización legalmente fijada para los casos de despido improcedente. TRET, arts. 4.2. d) , 50 y 54.2. c). «Han de comportar un ataque frontal al honor de la ofendida o a su integridad física (simultáneo o futuro), de la suficiente entidad como para entender razonablemente que la convivencia entre insultante e insultada realmente no resulte ya posible en el seno de la empresa» (STS, 4.ª, 28-XI-1988).

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