- obligación disyuntiva pasiva
- Civ.; Arg. Modalidad de obligación en la que la prestación, salvo pacto en contrario, debe ser cumplida por uno de varios sujetos, en cuyo caso el acreedor elige el deudor concreto que debe realizar el pago.Mientras el acreedor no presenta demanda, cualquier deudor puede pagar. El que paga no tiene derecho a reclamar nada a los otros sujetos obligados.
CCCN, art. 853.
Sublema de obligación1