Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

obispo propio

Sublema de obispo
Can. Obispo diocesano, que está al frente de una diócesis o de una comunidad de fieles asimilada o equiparada a esta, como son la prelatura territorial, la abadía territorial, el vicariato apostólico, la prefectura apostólica, la administración apostólica erigida con carácter estable y las entidades jerárquicas de carácter personal, o sea, el ordinariato castrense y la prelatura personal.
CIC, cc. 368, 376, 381 § 2, 107 § 1, 295, 1016, 1025 y 1029.