Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

obispo diocesano

Sublema de obispo
Can. Obispo que rige, como vicario y legado de Cristo, la iglesia particular que le ha sido encomendada.
A todos los obispos, por su consagración episcopal, se les confía plenamente el munus pastorale, y lo proyectan sobre la Iglesia universal como miembros del Colegio Episcopal; y a la mayor parte de ellos se les encomienda ejercitar ese munus en una iglesia particular, tienen clero y pueblos propios encomendados a su atención personal y no deben ser considerados como vicarios del romano pontífice (LG, 27/b; CIC, cc. 381-402).