Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

nombramiento del órgano de liquidación

Sublema de nombramiento
Merc. Designación en los estatutos sociales o, en su defecto, por la junta general que acuerda la disolución, de la persona o personas encargadas de proceder a la liquidación de la sociedad. Si no se ha procedido al nombramiento, quienes fueren administradores el tiempo de la disolución quedan convertidos en liquidadores.
LSC, art. 376.