- museo de Administración pública
- Adm. En la legislación autonómica, museo creado, mantenido o gestionado con cargo a las administraciones públicas, sin perjuicio de la titularidad privada del museo y de sus fondos.Por ejemplo,
Ley 17/1990, de 2 de noviembre , art. 15.1, de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Sublema de museo