Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

modificación menor

1. Amb. En el procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas, cambio en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituye variación fundamental de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología, pero que produce diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.
Ley 21/2013, de 9-XII, de Evaluación Ambiental, art. 5.2.f); Ley 11/2006, de 14-IX, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, art. 3; Ley 11/2014, de 4-XII, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, art. 4.