Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

medida de evitación

Amb. Medida que, ya producido un daño ambiental, tiene por finalidad limitar o impedir mayores daños ambientales, controlando, conteniendo o eliminando los factores que han originado el daño o haciendo frente a ellos de cualquier otra manera.
Ley 26/2007, de 23-X, de Responsabilidad Medioambiental, art. 2.