Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

mañero, ra

Hist. Persona que muere estéril.
«Los varones que mueren de veinte años y las mujeres, desde los dieciséis años arriba, sin hijos, son habidos por magninos en toda la tierra de la obispalía, salvo si es mujer que muere de parto, o varón que deja la mujer preñada, que los tales, no son habidos por magninos. Y todos los bienes muebles e raíces e semovientes y oro y plata de los tales que mueren magninos son del obispo. Más, han de pagar, de ellos, las deudas que debieren los tales difuntos. Y pueden disponer de la quinta parte para sus obsequias y para su alma» (Archivo Histórico Nacional, Sección Clero, Libro 6355, Lugo. Fol 28 R).