Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

matrimonio mixto

Sublema de matrimonio
Can. Matrimonio en el que uno de los contrayentes está bautizado en la Iglesia católica o ha sido recibido en ella y el otro está adscrito a una Iglesia o comunidad eclesial que no se halle en comunión plena con la Iglesia católica.
No constituye un impedimento matrimonial invalidante o dirimente, pero se prohíbe su celebración sin licencia expresa de la autoridad eclesiástica competente, con las garantías o promesas de los cc. 1124 y 1125 del CIC.

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