Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

licenciante

Merc. Persona que otorga una licencia.
«En cuanto a la licencia de marca se puede definir como un acuerdo de voluntades en virtud del cual un sujeto (licenciatario) resulta autorizado por el titular de la marca (licenciante) a título oneroso o gratuito, para utilizarla en el tráfico económico en los términos y condiciones establecidos por el licenciante, quien no se desprende de la titularidad de la marca, es decir, el licenciante autoriza a un tercero licenciatario a ejercitar todos o algunos de los derechos que se derivan de la marca» (STS, 3.ª, 28-I-2011, rec. 3213/2007).

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