Será precisa la aprobación de la libertad definitiva por el tribunal sentenciador, mientras que el director del establecimiento penitenciario extenderá la diligencia correspondiente en el expediente personal del condenado. «
[…] el proceso de ejecución de las distintas penas impuestas a una persona, en una o varias sentencias, y tenga o no establecido un determinado máximo de cumplimiento, se extienda al tiempo preciso desde que comienza la ejecución hasta que se produce el licenciamiento definitivo, y en ese periodo temporal pueden aparecer distintas incidencias que son resueltas con aplicación del criterio que, a través de la interpretación de la ley, se establezca como correcto en cada caso» (
STS, 2.ª, 27-I-2015, rec. 10 7711/2014).