Diccionario panhispánico del español jurídico

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leyes reguladoras de la prueba

Sublema de ley
Proc.; Chile y Guat. Normas básicas que importan una limitación de las facultades privativas de los sentenciadores en su valoración, y cuya infracción se produce, sustancialmente, cuando se invierte el peso de la prueba, cuando se rechaza un medio probatorio que la ley autoriza, o cuando se acepta uno que la ley repudia, y cuando se altera el valor probatorio que el legislador asigna a los diversos medios de prueba.
"Así, las leyes reguladoras de la prueba en el sistema probatorio civil están referidas: 1) a aquellas normas que instituyen los medios de prueba que pueden utilizarse para demostrar los hechos en un proceso; 2) las que precisan la oportunidad en que pueden valerse de ellos; 3) las que se refieren al procedimiento que las partes y el juez deben utilizar para ofrecer, aceptar y aportar las probanzas al juicio; 4) a aquellas reglas que asignan el valor probatorio que tiene cada uno de los medios individualmente considerados y 5) a las que disciplinan la forma como el sentenciador debe realizar la ponderación comparativa entre los medios de la misma especie y entre todos los reconocidos por el ordenamiento legal." Sentencia de la Corte Suprema, Rol 11746-2011, de 5-IV-2012 (acción reivindicatoria) c. 6º (Primera Sala: redacción del Ministro Nibaldo Segura).