Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

legitimación para interponer la declinatoria

Sublema de legitimación
Proc. Capacidad del demandado o del que pueda ser parte legítima en un juicio promovido para plantear un conflicto de jurisdicción o de competencia mediante declinatoria.
LEC, arts. 59 y 63.1. «En el presente caso, a la vista de que nos encontramos ante un procedimiento ordinario y de que la acción ejercitada a través de dicho procedimiento no es incluible en ninguno de los fueros imperativos a que se refiere el art. 54.1 LEC, solo podría apreciarse la falta de competencia territorial en virtud de declinatoria propuesta en tiempo y forma por el demandado o por parte legítima, lo cual no ha acaecido» (ATS, 1.ª, 8-IV-2015, rec. 21/2015).