Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

legislación básica

Sublema de legislación
Const. Legislación que se limita a regular los aspectos principales o esenciales de la materia que trata, dejando espacio regulatorio para ulteriores normas de desarrollo.
Uno de los mecanismos de distribución de competencias en los Estados descentralizados consiste en reservar al legislador estatal la competencia para regular las bases y atribuir a los legisladores territoriales la competencia para desarrollarlas. «El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: […] 23.ª Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias» (CE, art. 149.1).

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