- juez laico
- Can. Juez que, sin ser clérigo, podría pertenecer al tribunal colegiado si así lo permite la Conferencia espiscopal, en caso de necesidad.CIC, c. 1421 § 2; Instrucción Dignitas connubii (DC), de 25-I-2005, art. 42; Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium (CCEO, c. 1087). Solo uno de los miembros del tribunal puede tener esta condición. Es indiferente que sea varón o mujer.
Sublema de juez