Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

juez de cumplimiento

Sublema de juez
Pen. y Proc.; El Salv. y Pan. Juez que tiene a su cargo la ejecución de las penas y las medidas de seguridad y es competente para conocer sobre la aplicación de los programas y avances del proceso de resocialización.
El Código Procesal Penal de 2008, de Panamá, art. 46, establece el Sistema Penal Acusatorio. Dicha atribución la debe ejercer velando que se respeten los derechos fundamentales del sancionado y no se restrinja más allá de lo establecido en la sentencia. También tiene a su cargo el cumplimiento, control y supervisión del régimen impuesto en los procesos sujetos a condición, de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y de cualquier subrogado penal y el proceso de rehabilitación en los supuestos de interdicción de derechos. Sus decisiones son apelables ante el Tribunal Superior de Apelaciones.