Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

iudex ex consciencia iudicare debet immo secundum allegata

Gral. 'El juez debe juzgar conforme a su conciencia ateniéndose a lo alegado' (Azón: Brocardica 20, 6 y 7). Adopta también otra forma, reducida a su parte final, immo secundum allegata.
Cfr. otras máximas jurisprudenciales de contenido similar: iudex iudicare debet iusta allegata et probata partium ('el juez debe fallar con arreglo a lo alegado y probado por las partes'); iudex non potest pertransire, quod principaliter in iudicio proponitur ('el juez no puede excederse de lo que principalmente se propone en el juicio'), y ne eat iudex ultra petita partium ('el juez no va más allá de lo que las partes han pedido').

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