interrupción de la vista Proc. Interrupción del desarrollo de una vista, para reanudarse en un momento posterior, y que solo puede acordarse por quien la preside por los motivos que la ley expresamente prevé.LEC, art. 193. ArgentinaLey 17454, por la que se aprueba el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, publicada el 7-XI-1967ChileCódigo de Procedimiento Civil de Chile, promulgado el 28-VIII-1902ColombiaLey 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones, publicada en el Diario Oficial 48489, el 12-VII-2012.Costa RicaLey 7130, de 16-VII-1989, de Código Procesal Civil de Costa RicaCosta RicaLey 8687, de 4-XII-2008, de Notificaciones Judiciales, de Costa RicaMéxicoCódigo Federal de Procedimientos Civiles, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24-II-1943vistainterrupción de la prescripcióninterrupción del curso causal o del nexo causal