- interdicto agrario de suspensión de obra nueva
- 1. Proc.; C. Rica Procedimiento que se entabla para suspender la amenaza que implica, a un propietario o poseedor de un fundo agrario, la construcción de una obra nueva, el mal estado de un edificio o la situación peligrosa de un árbol.2. Proc.; C. Rica Procedimiento que tiene como fin paralizar, frenar o impedir la disposición de una obra nueva que resulte perjudicial para el propietario o poseedor de un inmueble —destinado o que es susceptible de destinarse al ejercicio de actividades agrarias productivas o a la conservación de bosques y manejo sostenible de actividades agroambientales— colindante con el terreno en el que se desarrolla el trabajo.
Sublema de interdicto agrario, interdicto